Requisitos para acceder al estímulo
De acuerdo con la normativa, los contribuyentes deben cumplir con los siguientes requisitos:

  1. No haber recibido condonaciones previas en los programas de 2000, 2007 y 2013.
  2. No contar con sentencia condenatoria firme por delitos fiscales.
  3. No figurar en los listados definitivos de los Artículos 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.

Supuestos de aplicación
El estímulo puede ser solicitado en los siguientes escenarios:

  1. Contribuciones omitidas actualizadas:
    • Se puede solicitar la línea de captura mediante el Portal del SAT, una cita presencial o la Oficina Virtual.
    • El pago debe realizarse en una sola exhibición.
  2. Sujetos a facultades de comprobación:
    • Aplicable siempre que se subsanen irregularidades detectadas antes de la notificación de la resolución correspondiente.
  3. Créditos fiscales con pagos a plazos pendientes:
    • Si al 1 de enero de 2025 existe saldo pendiente, este deberá liquidarse en una sola exhibición para acceder al estímulo.
  4. Créditos fiscales firmes:
    • Incluye créditos determinados por la autoridad que no hayan sido impugnados o cuando se desista del medio de defensa.
    • Este supuesto permite hasta seis parcialidades, siempre que no haya incumplimientos.

Consideraciones adicionales

  • El estímulo no constituye ingreso acumulable para el Impuesto sobre la Renta.
  • Su aplicación no genera derecho a devolución, deducción, compensación, acreditamiento o saldo a favor.
  • La autoridad fiscal puede verificar el cumplimiento de requisitos por parte de los beneficiarios.

Canales de atención
El SAT pone a disposición los siguientes medios para orientación y solicitud:

  • MarcaSAT: 55 627 22 728, opción 9, seguida de la 3.
  • Chat uno a uno, OrientaSAT y Oficina Virtual.
  • Oficinas del SAT sin necesidad de cita previa.

Para más información, los interesados pueden visitar el micrositio del programa: Regularización Fiscal 2025.

Información de Fiscalia
En Fiscalia están disponibles análisis sobre esta temática, en los siguientes enlaces:

Comunicado
Lo anterior fue comunicado por el SAT mediante comunicado de prensa 002/2025, fechado el 14 de enero de 2025, que se puede consultar en el siguiente enlace: SAT ofrece regularización fiscal para pequeños contribuyentes | Servicio de Administración Tributaria | Gobierno | gob.mx

 

Fuente: Fiscalia.com